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¿Necesitan las empresas de transporte número de Registro Sanitario?


Sí. Deben solicitar el número de registro sanitario y elaborar un Sistema de Autocontrol adaptado a su actividad.

El Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos establece que es objeto de registro con carácter nacional el almacenamiento y/o distribución y/o transporte de alimentos, productos alimenticios, materiales y objetos en contacto con los alimentos y coadyuvantes tecnológicos utilizados para la elaboración de alimentos.


Es decir, todas las empresas de transportes por carretera que transportan la mercancía de un proveedor a un cliente, ya sea empresas titulares del medio de transporte que forma un todo con la caja/contenedor/cisterna (camión con cabeza tractora y caja/cisterna unidos), o empresas titulares del contenedor/cisterna.


Etiqueta: Registro Sanitario Empresa Transporte Sevilla, Huelva, Andalucía, España

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